Argentina, domingo 20 de mayo de 2012.


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Institucional - Acciones estratégicas: garantizar libertad de elección

Registro Nacional de Expresiones de Voluntad para la Donación

La Ley 26.066, modificatoria de la Ley 24.193, es la herramienta legal que otorga a todos los ciudadanos mayores de 18 años el derecho a decidir sobre el destino de sus órganos y tejidos para después de su muerte, tanto para expresar su voluntad afirmativa como de oposición respecto a la donación.

El Incucai registra esta voluntad en el módulo 5 del Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), manteniendo carácter confidencial. De no existir manifestación expresa, la ley presume que la persona es donante. En ese caso, en el momento de la muerte, el organismo responsable solicita testimonio a la familia sobre la última voluntad del fallecido.

Antes de las modificaciones a la Ley de Trasplantes, se consideraba que los familiares tenían la última palabra sobre la donación de órganos, aún cuando el fallecido hubiera dejado asentada su voluntad de donar. Con la Ley de Donante Presunto cambia el rol de la familia, que pasa de la modalidad de otorgar autorización a la función de dar testimonio sobre la voluntad del fallecido.

Algunas características:
  • Cualquier persona capaz a partir de los 18 años puede asentar su voluntad.
  • De no existir manifestación expresa, la ley presume que la persona es donante.
  • La voluntad se expresa con el documento, firmando un acta de expresión.
  • La expresión de voluntad siempre puede ser revocada por el manifestante.
  • Es personal, no puede ser cambiada por ninguna persona después la muerte.
  • El registro de la expresión de voluntad puede consultarse en el sitio del Incucai.

La donación de órganos con la nueva ley

Cómo registrar mi voluntad

¿Estoy registrado?

Ley de Trasplante de Órganos y Tejidos - Ley 24.193 actualizada por Ley 26.066


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Línea gratuita de información: 0800 555 4628

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